Abreviaturas
NOTA: toda la legislación (básica y complementaria) se encuentra en el CD adjunto, pudiendo acceder a ella consignando la referencia asignada.
§1
LESGISLACIÓN BÁSICA
v Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos
v Ley 19/2009, de 23 de noviembre, de medidas de fomento y agilización procesal del alquiler y de la eficiencia energética de los edificios
§2
LEGISLACIÓN COMPLEMENTARIA
a) Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal
b) Ley 8/1999, de 6 de abril, sobre Propiedad Horizontal
c) Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil; (juicio verbal, ordinario y recursos)
d) Código Civil
e) Ley de garantías en la venta de bienes de consumo (Ley 23/2003)
f) Real Decreto-ley 2/1985, de 30 de abril, sobre medidas de política económica
g) Ley 15/1995, de 30 de mayo, sobre Límites del dominio sobre inmuebles para liminar barreras arquitectónicas a las personas con discapacidad
§3
COMENTARIO DE LA L.A.U.
Ley 29/1994, de 24 de noviembre
§4
FORMULARIOS EXTRAJUDICIALES
NOTA: todos los contratos se encuentran también el CD que se adjunto a los cuales se podrá acceder consignando la referencia asignada a cada uno de ellos.
A) Contratos
DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA
Cesión del contrato de locación
Con accesorios: trasteros, garaje y otras dependencias
Con mobiliario
Con opción de compra
Contrato tipo
De protección oficial: V.P.O.
Por plazo de duración igual o inferior a cinco años
Por plazo de duración superior a cinco años
Subarriendo parcial del inmueble arrendado
Suntuarias (renta superior a 5,5 veces el salario mínimo interprofesional)
Suntuarias (superficie superior a 300 m2)
DE ARRENDAMIENTO PARA USO DISTINTO
Cesión del contrato
Con opción de compra
Contrato tipo
De temporada
Oficina
Subarriendo del inmueble (parcial)
Subarrendamiento (total)
DE ARRENDAMIENTO DE INDUSTRIA
DE ACCESORIOS: GARAJE
B) Notificaciones y requerimientos
NOTA: Cada formulario ha sido llamado con dos ?voces? a fin de facilitar la búsqueda querida por el usuario.
Todas las notificaciones y requerimientos, se encuentran en el CD adjunto, a los que se podrá acceder consignando la referencia asignada a cada uno de ellos.
ACTUALIZACIÓN DE RENTA: Inmuebles destinados a vivienda, anuncio y requerimiento para primera actualización (Ver formulario: Renta, D.T. 2.11 LAU)
ACTUALIZACIÓN DE RENTA: De segundas y posteriores, sobre inmuebles destinados a vivienda permanente del arrendatario (Ver formulario: Renta, D.T. 2.11 LAU)
ACTUALIZACIÓN DE RENTA: De segundas y posteriores, sobre locales comerciales (Ver formulario: Renta, D.T. 3.6 LAU)
ACTUALIZACIÓN DE RENTA: Locales de negocio, anuncio y requerimiento para primera actualización (Ver formulario: Renta, D.T. 3.6 LAU)
ACTUALIZACIÓN PLENA: Contratos que ya han llegado al cien por cien de la actualización (Ver formulario: Revisión de renta, D.T. 2.11.4 y D.T. 3.6.6 LAU)
AUTORIZACIÓN: Al arrendatario para que realice obras de mejora que modifican la configuración del local o sus accesorios (Ver formulario: Obras de mejora, art. 23.1 LAU)
AUTORIZACIÓN: Consentimiento escrito y expreso del arrendador para la cesión del inmueble arrendado (Ver formulario: Cesión, Art. 8 LAU)
CESIÓN DE LOCAL NO DESTINADO A VIVIENDA. Notificación preceptiva, del arrendatario al arrendador, haciéndole saber que, se ha producido la cesión del local no destinado a vivienda (art. 32.4 LAU)
CESIÓN. Consentimiento escrito y expreso, del arrendador al arrendatario, autorizándole a ceder el contrato de arriendo (art. 8 LAU)
CONTRATO: Desistimiento del arrendatario con dos meses de antelación, pactada una duración superior a cinco años, luego de cumplidos los primeros cinco (Ver formulario: Desistimiento del contrato, art. 11 LAU)
CONTRATO: Desistimiento del arrendatario por obras ordenadas por la autoridad competente (Ver formulario: Desistimiento del contrato por obras, art. 26 LAU)
CONTRATO: Manifestación del cónyuge no arrendatario de no renovar el contrato, sin que conste manifestación en tal sentido de su cónyuge arrendatario (Ver formulario: Prórroga, arts. 12.1 y 4 LAU)
CONTRATO: Notificación al arrendador de prorrogarlo por otros cinco años y por una renta de mercado, el existente sobre local de negocio (Ver formulario: Prórroga de local de negocio, art. 34 LAU)
CONTRATO: Notificación al arrendatario de la negativa a la prórroga cuando ya han transcurrido cinco años de duración (Ver formulario: Prórroga, art. 10)
CONTRATO: Notificación al arrendatario de la reducción de la vigencia del contrato, cuando ha sido pactado por tiempo superior a cinco años (Ver formulario: Resolución del derecho del arrendador, art. 13.1 LAU)
CONTRATO: Notificación al arrendatario de no conceder una prórroga contractual, una vez transcurrido cinco años de vigencia de aquel (Ver formulario: Prórroga, art. 10 LAU)
CONTRATO: Resolución por incumplimiento de las condiciones contractuales imputables al arrendador (Ver formulario: Resolución contractual por incumplimiento (arrendador), art. 27.1 LAU)
CONTRATO: Resolución por incumplimiento de las condiciones contractuales imputables al arrendatario (Ver formulario: Resolución contractual por incumplimiento (arrendatario), art. 27.1 LAU)
CONTRATO: Suspensión de su vigencia mientras duren las obras en el local comercial (Ver formulario: Obras: suspensión del contrato, art. 26 LAU)
CONTRATOS SIN PROCESO DE ACTUALIZACIÓN: Requerimiento, inmuebles destinados a vivienda permanente del arrendatario (Ver formulario: Renta, D.T. 2.11.6 y 7 LAU)
CONTRATOS SIN PROCESO DE ACTUALIZACIÓN: Requerimiento, sobre locales comerciales (Ver formulario: Renta, D.T. 3.8 LAU)
CÓNYUGE NO ARRENDATARIO: Notificación de su deseo de continuar ocupando la vivienda familiar a pesar del abandono que de la misma hizo su cónyuge arrendatario (Ver formulario: Prórroga, art. 12.3 LAU)
CÓNYUGE NO ARRENDATARIO: Notificación de su interés en la prórroga contractual, cuando no lo manifestó anteriormente y sí lo hizo su cónyuge arrendatario (Ver formulario: Prórroga, art. 12.1 y 4 LAU)
CÓNYUGE NO ARRENDATARIO: Notificación de su voluntad de desistir del contrato de locación, cuando no lo hizo anteriormente y sí, su cónyuge arrendatario (Ver formulario: Prórroga, art. 12.1 y 4 LAU)
CÓNYUGE: Adjudicación judicial de la vivienda familiar y voluntad de continuar en el uso de la vivienda arrendada (Ver formulario: Matrimonio, art. 15 LAU)
DERECHO DE ADQUISICIÓN PREFERENTE. Requerimiento preceptivo, del arrendador al arrendatario, comunicándole su decisión de vender la finca, no destinada a vivienda permanente del arrendatario (local comercial), a fin de que este último pueda ejercer su derecho de tanteo (arts. 25.1 y 2 LAU)
DERECHO DE TANTEO. Requerimiento preceptivo, del arrendador al arrendatario, comunicándole su decisión de vender la finca, no destinada a vivienda permanente del arrendatario (local comercial), a fin de que este último pueda ejercer su derecho de tanteo (arts. 25.1 y 2 LAU)
DESISTIMIENTO DEL CONTRATO POR OBRAS. Notificación preceptiva, del arrendatario al arrendador, haciéndole saber su voluntad de resolver el contrato, como consecuencia de las obras ordenadas por autoridad competente, en la finca arrendada (art. 26 LAU)
DESISTIMIENTO DEL CONTRATO. Notificación, del arrendatario al arrendador, comunicándole su voluntad de desistir del contrato cuya duración se pactó a más de cinco años, luego de haber estado vigente al menos cinco años, y cuyo preaviso deber ser por lo menos con dos meses de antelación de la terminación de la anualidad en curso (art. 11 LAU)
DESISTIMIENTO DEL CONTRATO. Requerimiento, del arrendador al arrendatario, que ha desistido para que de acuerdo a lo pactado y recogido contractualmente, lo indemnice con una cantidad equivalente a un mes de la renta en vigor por cada año de contrato que reste por cumplir (art. 11 LAU)
GASTOS: Reclamación al arrendador del coste habido por las obras necesarias y urgentes en el local comercial (Ver formulario: Obras: repetición de los gastos, art. 21.3 LAU)
GASTOS: Reclamación al arrendatario del coste habido por las obras necesarias y urgentes en local comercial (Ver formulario: Obras: repetición de los gastos, art. 21.3 LAU)
GATOS GENERALES Y DE SERVICIOS INDIVIDUALES. Requerimiento voluntario, del arrendador al arrendatario, para que le pague la cantidad gastada, por la instalación de aparatos de medición de los servicios del inmueble que conforme lo pactado, son a cargo del arrendatario (art.20.3 LAU)
HEREDERO: Subrogación, por fallecimiento del arrendatario, en todos sus derechos y obligaciones dimanantes del contrato de locación (Ver formulario: Subrogación por fallecimiento del arrendatario)
INDEMNIZACIÓN. Requerimiento, del arrendatario al arrendador, para que lo reponga en el uso de la vivienda y lo indemnice por los gastos del desalojo, cuando el arrendador no ocupó en el plazo legal la vivienda que desalojó a tal fin, o lo indemnice por el importe de la renta faltante hasta cubrir cinco años (art. 9.3)
INDEMNIZACIÓN: Al arrendador por desistimiento del contrato por el arrendatario, reclamándole la cantidad estipulada contractualmente (Ver formulario: Desistimiento del contrato, art. 11 LAU)
LOCAL COMERCIAL: Actualización de la renta una vez concluidas las obras de mejora en el inmueble (Ver formulario: Obras de mejora: actualización de la renta, arts. 19.3; 27.2.2 y 35 LAU)
LOCAL COMERCIAL: Comunicación al arrendatario sobre la decisión de vender el inmueble arrendado a fin de que pueda ejercer el derecho de tanteo (Ver formulario: Local comercial, arts. 25.1 y 2 LAU)
LOCAL COMERCIAL: No autorización para realizar obras que modifiquen la configuración del inmueble o sus accesorios (Ver formulario: Obras generales. Desautorización, art. 23.2 LAU)
LOCAL COMERCIAL: Notificación al arrendador del subarriendo parcial habido en el inmueble arrendado (Ver formulario: Subarriendo parcial de local no destinado a vivienda, art. 34.4 LAU)
LOCAL COMERCIAL: Notificación al arrendador sobre la cesión operada en el inmueble arrendado (Ver formulario: Cesión de local no destinado a vivienda, art. 32.4 LAU)
LOCAL COMERCIAL: Notificación al arrendatario de la posible venta del inmueble arrendado, para que pueda ejercer el derecho de tanteo (Ver formulario: Tanteo, arts. 3 y 25.1 LAU)
LOCAL COMERCIAL: Notificación al arrendatario de las obras de conservación que se van a llevar a cabo (Ver formulario: Obras de conservación, art. 22.1 LAU)
LOCAL COMERCIAL: Reclamación al arrendatario del coste habido por las obras menores realizadas en el inmueble (Ver formulario: Obras: repetición de los gastos, art. 21.4 LAU)
LOCAL COMERCIAL: Reducción de la renta, en proporción a la superficie del local, de cuyo uso se privado el arrendatario en razón a la realización de obras de mejora (Ver formulario: Obras de mejora, art. 23.3 LAU)
LOCAL COMERCIAL: Requerimiento al arrendador para que realice las obras necesarias y urgentes en el inmueble (Ver formulario: Obras necesarias y urgentes, art. 21.3 LAU)
LOCAL COMERCIAL: Requerimiento al arrendatario para que realice las obras de conservación en el local comercial (Ver formulario: Obras de conservación, art. 21.1 LAU)
LOCAL COMERCIAL: Requerimiento al arrendatario para que se avenga a soportar las obras de conservación en el local arrendado (Ver formulario: Obras de conservación, art. 21.2 LAU)
LOCAL COMERCIAL: Requerimiento al arrendatario para que se avenga a soportar las obras necesarias en el inmueble (Ver formulario: Obras necesarias, art. 22.2 LAU)
LOCAL COMERCIAL; Notificación al arrendatario de la cuantía aplicable a la renta actual en razón a las obras de mejora, cuando han transcurrido cinco años de vigencia del contrato (Ver formulario: Obras de mejora, art. 2 y 19.2 LAU)
MATRIMONIO. Notificación preceptiva, del cónyuge a quien se le destinó judicialmente la vivienda familiar (nulidad, separación o divorcio); dirigida al arrendador, haciéndole saber su voluntad de permanecer en el uso de la vivienda, como arrendatario (art. 15)
MATRIMONIO. Notificación preceptiva, del cónyuge no arrendatario a quien se le destinó judicialmente la vivienda familiar (nulidad, separación o divorcio); dirigida al arrendador, haciéndole saber su voluntad de permanecer en el uso de la vivienda, como arrendatario (art. 15)
OBRAS DE CONSERVACIÓN. Requerimiento voluntario, del arrendador al arrendatario, para que realice obras de conservación, para la adecuada utilización del local no destinado a vivienda, cuando los deterioros sean imputables a este último, conforme los arts. 1563 y 1564 del Código Civil (art. 21.1 LAU)
OBRAS DE CONSERVACIÓN. Requerimiento voluntario, del arrendador al arrendatario, para que realice obras de conservación, para la habitabilidad de la vivienda, cuando los deterioros sean imputables a este último, conforme los arts. 1563 y 1564 del Código Civil (art. 21.1 LAU)
OBRAS DE CONSERVACIÓN. Requerimiento voluntario, del arrendador al arrendatario, para que se avenga a soportar la realización de las obras de conservación, en el local no destinado a vivienda (art. 21.2 LAU)
OBRAS DE CONSERVACIÓN. Requerimiento voluntario, del arrendador al arrendatario, para que se avenga a soportar la realización de las obras necesarias en la vivienda (art. 21.2 LAU)
OBRAS DE CONSERVACIÓN. Requerimiento voluntario, del arrendador al arrendatario, haciéndole saber que se propone a realizar obras de conservación, su naturaleza, comienzo y coste previsible; en el local no destinado a vivienda permanente del arrendatario (art. 22.2 LAU)
OBRAS DE CONSERVACIÓN. Requerimiento voluntario, del arrendatario al arrendador, para que realice obras de conservación, para la adecuada utilización del local no destinado a vivienda (art. 21.1 LAU)
OBRAS DE CONSERVACIÓN. Requerimiento voluntario, del arrendatario al arrendador, para que este último realice las obras de conservación para la adecuada utilización del local no destinado a vivienda (arts. 21.1 y 30 LAU)
OBRAS DE CONSERVACIÓN. Requerimiento voluntario, del arrendatario al arrendador, para que realice obras de conservación para la habitabilidad de la vivienda (art. 21.1 LAU)
OBRAS DE MEJORA. Autorización (preceptiva), del arrendador al arrendatario, para la realización de obras que modifican la configuración del local, no destinado a vivienda o a sus accesorios (art. 23.1 LAU)
OBRAS DE MEJORA. Notificación preceptiva, del arrendador a los arrendatarios, de pisos en régimen de propiedad horizontal, comunicándole porcentaje aplicable a la renta inicialmente pactada de cada uno de ellos, en razón de obras de mejora realizadas en el inmueble, luego de transcurridos los cinco años de vigencia del contrato (arts. 3 y 19.2 LAU)
OBRAS DE MEJORA. Notificación preceptiva, del arrendador al arrendatario, comunicándole porcentaje aplicable a la renta actual, en razón a las obras de mejoras realizadas en el inmueble (finca destinada a vivienda habitual), luego de transcurrido cinco años de vigencia del contrato (arts. 2 y 19.1 LAU)
OBRAS DE MEJORA. Notificación, del arrendador a los arrendatarios, comunicándoles porcentaje aplicable a la renta actual de cada uno de ellos, en razón a las obras de mejoras realizadas en el inmueble (finca destinada a vivienda habitual), luego de transcurridos cinco años de vigencia del contrato (arts. 2 y 19.2 LAU)
OBRAS DE MEJORA. Notificación, del arrendador al arrendatario, comunicándole porcentaje aplicable a la renta actual, en razón a las obras de mejoras realizadas en el inmueble (local no destinado a vivienda permanente del arrendatario), luego de transcurrido cinco años de vigencia del contrato (arts. 3 y 19.1 LAU)
OBRAS DE MEJORA. Notificación, del arrendatario al arrendador, de la cantidad que debe reducir del importe de la renta, proporcional a la superficie del local no destinado a vivienda, de la que se ve o se verá privado a causa de las obras de mejora (art. 22.3 LAU)
OBRAS DE MEJORA: ACTUALIZACIÓN DE LA RENTA. Notificación preceptiva, del arrendador al arrendatario, haciéndole saber el importe de la renta actualizada, una vez concluidas las obras de mejora del local no destinado a vivienda (arts. 19.3; 27.2.a y 35 LAU)
OBRAS GENERALES: AUTORIZACIÓN. Autorización preceptiva, del arrendador al arrendatario, para la realización de obras que modifican la configuración del local no destinado a vivienda permanente del arrendatario o sus accesorios (art. 23.1 LAU)
OBRAS GENERALES: AUTORIZACIÓN. Autorización preceptiva, del arrendador al arrendatario, para la realización de obras que modifican la configuración del inmueble destinado a vivienda permanente del arrendatario o sus accesorios (art. 23.1 LAU)
OBRAS GENERALES: DESAUTORIZACIÓN. Notificación preceptiva, del arrendador al arrendatario, negándole autorización para la realización de obras que modifican la configuración del inmueble no destinado a vivienda permanente del arrendatario o sus accesorios, o que impliquen una disminución de la estabilidad o seguridad de la finca (art. 23.2 LAU)
OBRAS GENERALES: DESAUTORIZACIÓN. Notificación preceptiva, del arrendador al arrendatario, negándole autorización para la realización de obras que modifican la configuración del inmueble destinado a vivienda permanente del arrendatario o sus accesorios, o que impliquen una disminución de la estabilidad o seguridad de la finca (art. 23.2 LAU)
OBRAS GENERALES: REPOSICIÓN DEL ESTADO DE LA FINCA. Requerimiento, del arrendador a su ex arrendatario, para que en el plazo de diez días, comience las obras necesarias para dejar la finca en el estado en que se encontraba al inicio del arrendamiento (art. 24.2 LAU)
OBRAS NECESARIAS Y URGENTES. Requerimiento preceptivo, del arrendatario al arrendador para que este último realice las obras necesarias y urgentes para la adecuada utilización del local no destinado a vivienda (art. 21.3 LAU)
OBRAS NECESARIAS Y URGENTES. Requerimiento preceptivo, del arrendatario al arrendador, para que este último realice las obras necesarias y urgentes, en la vivienda arrendada (art. 21.3 LAU)
OBRAS NECESARIAS Y URGENTES. Requerimiento preceptivo, del arrendatario al arrendador, para que este último realice las obras necesarias y urgentes en el inmueble no destinado a vivienda permanente del arrendatario (local comercial) (art. 21.3 LAU)
OBRAS NECESARIAS. Requerimiento voluntario, del arrendador al arrendatario, para que se avenga a soportar la realización de las obras necesarias, en el local no destinado a vivienda (art. 22.2 LAU)
OBRAS: ACONDICIONAMIENTO, MINUSVALÍA. Notificación preceptiva, del arrendatario al arrendador, comunicándole de la realización en la vivienda de obras necesarias, para adecuarlas a la minusvalía de uno de los habitantes de la vivienda (art. 24.1 LAU)
OBRAS: REDUCCIÓN DE RENTA. Requerimiento voluntario, del arrendador al arrendatario haciéndole saber que, la renta tendrá una reducción como consecuencia de las obras que soporta, durante el plazo de ejecución y en proporción a la superficie que se ve privado como consecuencia de ella (válido tanto para vivienda como para local comercial) (art. 22.3 LAU)
OBRAS: REDUCCIÓN DE RENTA. Requerimiento voluntario, del arrendatario al arrendador, haciéndole saber la reducción que, deberá tener la renta, durante el plazo de ejecución de las obras que habrá soportar, las cuales le impedirán disfrutar de parte del inmueble por él arrendado (válido tanto para vivienda como para local comercial) (art. 22.3 LAU)
OBRAS: REPETICIÓN DE LOS GASTOS. Requerimiento voluntario, del arrendatario al arrendador, para que este último, le abone lo pagado por la realización de las obras necesarias y urgentes, por no haberlas ejecutado el arrendador en el local no destinado a vivienda (arts. 21.3 LAU)
OBRAS: REPETICIÓN DE LOS GASTOS. Requerimiento voluntario, del arrendatario al arrendador, para que este último le abone lo pagado por la realización de las obras necesarias y urgentes, por no haberlas ejecutado el arrendador en el inmueble destinado a vivienda permanente del arrendatario (arts. 21.3 LAU)
OBRAS: REPETICIÓN DE LOS GASTOS. Requerimiento voluntario, del arrendatario al arrendador para que este último le abone lo pagado por la realización de las obras necesarias y urgentes, por no haberlas ejecutado el arrendador en el inmueble no destinado a vivienda permanente del arrendatario (local comercial) (arts. 21.3 LAU)
OBRAS: REPETICIÓN DE LOS GASTOS. Requerimiento voluntario, del arrendador al arrendatario, para que abone el importe de las obras menores, efectuadas por el arrendador y que son a cargo del arrendatario, en local no destinado a vivienda (arts. 21.4 LAU)
OBRAS: REPETICIÓN DE LOS GASTOS. Requerimiento voluntario, del arrendador al arrendatario, para que abone el importe de las obras menores efectuadas por el arrendador y que son a cargo del arrendatario, en inmueble destinado a vivienda permanente del arrendatario (arts. 21.4 LAU)
OBRAS: SUSPENSIÓN DEL CONTRATO. Notificación preceptiva, del arrendatario al arrendador, haciéndole saber su voluntad de suspender la vigencia del contrato, mientras se lleven a cabo las obras que convierten el local no destinado a vivienda en inutilizable (art. 26 LAU)
OBRAS: SUSPENSIÓN DEL CONTRATO. Notificación preceptiva, del arrendatario al arrendador, haciéndole saber su voluntad de suspender la vigencia del contrato, mientras se lleven a cabo las obras que convierten el local no destinado a vivienda en inutilizable (art. 26 LAU)
PÉRDIDA DEL DERECHO DOMINICAL DEL ARRENDADOR. Notificación voluntaria, del tercero adquirente de la finca arrendada, al arrendatario, comunicándole que, habiendo perdido el arrendador originario su derecho dominical sobre la misma, y no habiendo transcurrido los cinco primeros años de duración del contrato, tiene el arrendatario derecho a permanecer en la finca hasta que se cumpla el plazo mínimo legal establecido (cinco años), sin perjuicio de la facultad que le asiste al tercero adquirente de no renovarlo anualmente (art. 13.1)
PRÓRROGA DE LOCAL DE NEGOCIO. Notificación preceptiva, del arrendatario al arrendador, con cuatro meses de antelación a la fecha de extinción del contrato, haciéndole saber su voluntad de prorrogarlo por otros cinco y por una renta de mercado (art. 34 LAU)
PRÓRROGA. Notificación preceptiva, del arrendador al arrendatario comunicándole su voluntad de no renovar el contrato, al menos con un mes de antelación y transcurrido al menos cinco años de duración del contrato (art. 10)
PRÓRROGA. Notificación preceptiva, del cónyuge no arrendatario (o persona que convive en relación análoga a la conyugal) al arrendador, haciéndole saber su deseo de continuar ocupando la vivienda familiar, en cualidad de arrendatario pese al abandono que de la misma hizo su cónyuge (arts. 12.3)
PRÓRROGA. Notificación voluntaria, del cónyuge no arrendatario (o persona que convive en relación análoga a la conyugal), que no manifestó su voluntad sobre la prórroga contractual (cuando sí lo hizo el arrendatario), al arrendador comunicándole su decisión de continuar en el uso de la vivienda (arts. 12.1 y 4)
PRÓRROGA. Notificación voluntaria, del cónyuge no arrendatario (o persona que convive en relación análoga a la conyugal), que no manifestó su voluntad sobre la prórroga contractual (cuando sí lo hizo el arrendatario), al arrendador comunicándole su decisión de desistir del contrato (arts. 12.1 y 4)
PRÓRROGA. Notificación voluntaria, del cónyuge no arrendatario (o persona que convive en relación análoga a la conyugal), que no declaró al arrendador su voluntad de desistir del contrato, haciéndole saber su decisión de continuar en el uso de la vivienda familiar (arts. 12.1 y 4)
PRÓRROGA. Notificación, del arrendador al arrendatario, comunicándole su voluntad de no renovar el contrato, al menos con un mes de antelación y transcurrido al menos cinco años de duración del mismo, luego de haberse prorrogado automáticamente después de cinco años de duración, produciéndose la notificación en cualquiera de las anualidades de la prórroga (art. 10)
PRÓRROGA. Notificación, del arrendatario al arrendador, comunicándole su voluntad de no renovar el contrato, al menos con un mes de antelación y transcurrido al menos cinco años de duración del contrato (art. 10)
PRÓRROGA. Notificación, del cónyuge arrendatario al arrendador, comunicándole su voluntad de no renovar el contrato, sin que conste manifestación alguna del cónyuge que con él convive (o persona que convive en relación análoga a la conyugal) (arts. 12.1 y 4)
PRÓRROGA. Requerimiento voluntario, del arrendador al cónyuge no arrendatario (o persona que convive en relación análoga a la conyugal) para que pague la renta, correspondiente al mes en el que se produjo la extinción del contrato, a causa de no haber manifestado el requerido si continuaba o no en el uso de la vivienda, como nuevo arrendatario (arts. 12.3 y 4)
PRÓRROGA. Requerimiento, del arrendador al cónyuge no arrendatario (o persona que convive en relación análoga a la conyugal), que no declaró su voluntad de no renovar, para que manifieste su voluntad de continuar o no en el uso de la vivienda familiar (arts. 12.3 y 4)
PRÓRROGA. Requerimiento, del arrendador al cónyuge no arrendatario (o persona que convive en relación análoga a la conyugal) que no desistió, para que manifieste su voluntad de continuar o no, en el uso de la vivienda familiar (arts. 12.1 y 4)
RECUPERACIÓN DE LA PROPIEDAD DE LA FINCA ARRENDADA. Notificación, voluntaria, del reivindicante de la propiedad arrendada, al arrendatario invitándole a que desocupe la vivienda en el plazo de treinta días por considerarlo contratante de mala fe del arrendamiento por el que ocupa la finca en cuestión (art. 13.3)
RENTA INICIAL: Porcentaje de actualización aplicable (Ver formulario: Renta, art. 18.3 LAU)
RENTA. Notificación preceptiva, del arrendador al arrendatario sobre el porcentaje de actualización de la renta aplicable a la inicial pactada (art. 18.3)
RENTA: Anuncio y requerimiento preceptivo; del arrendador al arrendatario, sobre la primera actualización de renta, en inmuebles destinados a vivienda permanente del arrendatario (D. T. 2.11 LAU)
RENTA: Anuncio y requerimiento preceptivo; del arrendador al arrendatario, sobre la primera actualización de renta, en inmuebles no destinados a vivienda permanente del arrendatario (locales comerciales) (D. T. 3.6 LAU)
RENTA: Notificación preceptiva; del arrendador al arrendatario, sobre la segunda y posteriores actualizaciones de renta, en inmuebles destinados a vivienda permanente del arrendatario (D.T. 2.11 LAU)
RENTA: Notificación preceptiva, del arrendador al arrendatario, sobre la segunda y posteriores actualizaciones de renta, en inmuebles no destinados a vivienda permanente del arrendatario (local comercial) (D. T. 3.6 LAU)
RENTA: Reducción proporcional al tiempo de ejecución de las obras, en local o vivienda (Ver formulario: Obras: reducción de renta, art. 22.3 LAU)
RENTA: Requerimiento de revisión (preceptivo), del arrendador al arrendatario, en contratos sin proceso de actualización sobre inmuebles destinados a vivienda permanente del arrendatario (D.T. 2.11.6 y 7 LAU)
RENTA: Requerimiento de revisión (preceptivo), del arrendador al arrendatario, en contratos sin proceso de actualización sobre inmuebles no destinados a vivienda permanente del arrendatario (locales comerciales) (D.T. 3.8 LAU)
REPOSICIÓN DEL ESTADO DE LA FINCA: Requerimiento al arrendatario para que realice las obras necesarias para volver el inmueble a su estado originario (Ver formulario: Obras generales: reposición del estado de la finca, art. 24.2 LAU)
REQUERIMIENTO: Al arrendatario para que abone las cantidades satisfechas por el arrendador en concepto de gastos generales y de servicios individuales (Ver formulario: Gastos generales y de servicios individuales, art. 20.3 LAU)
RESOLUCIÓN CONTRACTUAL POR INCUMPLIMIENTO (Arrendador). Notificación preceptiva, del arrendatario al arrendador, haciéndole saber su voluntad de resolver el contrato por incumplimiento de este último, de sus obligaciones contractuales (art. 27.1 LAU)
RESOLUCIÓN CONTRACTUAL POR INCUMPLIMIENTO (Arrendatario). Notificación preceptiva, del arrendador al arrendatario, haciéndole saber su voluntad de resolver el contrato por incumplimiento, de este último, de sus obligaciones contractuales (art. 27.1 LAU)
RESOLUCIÓN CONTRACTUAL POR RUINA DEL EDIFICIO. Notificación preceptiva, del arrendador al arrendatario, haciéndole saber que, debe desocupar la vivienda por haber sido declarado en ruina el edificio del que forma parte (art. 28.b LAU)
RESOLUCIÓN DEL DERECHO DEL ARRENDADOR. Notificación, del adquirente de la finca arrendada al actual arrendatario haciéndole saber que, su contrato pactado por tiempo superior a cinco años, ha quedado reducido al mínimo legal establecido (cinco años) (art. 13.1)
REPOSICIÓN EN EL USO DE LA VIVIENDA: Al arrendatario e indemnización por los gastos de desalojo, cuando el arrendatario no ocupa la vivienda en plazo legal (Ver formulario: Indemnización, art. 9.3)
REVISIÓN DE RENTA. Notificación, del arrendador al arrendatario, en contratos que ya han llegado al cien por cien de actualización (D.T. 2.11.4 y D.T. 3.6.6 LAU). Ref: ZXC-532
RUINA: Notificación de desalojo al arrendatario de la vivienda que ocupada por declaración oficial de ruina del edificio del que forma parte (Ver formulario: Resolución contractual por ruina del edificio, art. 28.b LAU)
SUBARRIENDO PARCIAL DE LOCAL NO DESTINADO A VIVIENDA. Notificación preceptiva, del arrendatario al arrendador, haciéndole saber que, se ha producido un subarriendo parcial del local no destinado a vivienda (art. 32.4 LAU)
SUBARRIENDO. Autorización, del arrendador al arrendatario, dando su consentimiento para que proceda a subarrendar la vivienda que ocupa, pero sólo parcialmente (art. 8 LAU)
SUBROGACIÓN POR FALLECIMIENTO DEL ARRENDATARIO. Notificación preceptiva, del heredero del arrendatario al arrendador, haciéndole saber que, se ha producido el fallecimiento del arrendatario y que se subroga en los derechos arrendaticios (art. 33 LAU)
SUBROGACIÓN. Notificación preceptiva, de uno o varios herederos del arrendatario, al arrendador, manifestando su voluntad de subrogar al causante-arrendatario en el uso de la vivienda y comprometiéndose a asumir en forma solidaria las deudas del arrendatario (art. 16.3)
TANTEO. Notificación del arrendador al arrendatario comunicándole su decisión de vender la finca, destinada a vivienda permanente, a fin de que éste último pueda ejercer su derecho de tanteo (arts. 2 y 25.1 LAU)
TANTEO. Notificación, del arrendador al arrendatario, comunicándole su decisión de vender la finca no destinada a vivienda permanente del arrendatario, a fin de que éste último pueda ejercer su derecho de tanteo (arts. 3 y 25.1 LAU)
TANTEO. Notificación, del arrendador al arrendatario, comunicándole su decisión de vender la finca, no destinada a vivienda permanente, a fin de que éste último pueda ejercer su derecho de tanteo (arts. 2 y 25.1 LAU)
TERCERO ADQUIRENTE: Notificación al arrendatario de que el arrendador originario ha perdido el derecho dominical sobre el inmueble arrendado y la permanencia del contrato de locación durante los cinco primeros años (Ver formulario: Pérdida del derecho dominical del arrendador, art. 13.1 LAU)
VIVIENDA: Autorización al arrendatario para que pueda subarrendar, parcialmente, la vivienda que ocupa (Ver formulario: Subarriendo, art. 8 LAU)
VIVIENDA: No autorización para la realización de obras que modifican la configuración del inmueble, o que impliquen una disminución de la estabilidad o seguridad de la finca (Ver formulario: Obras generales: desautorización, art. 23.2 LAU)
VIVIENDA: Notificación al arrendatario de la cuantía aplicable a la renta actual en razón a las obras de mejora, cuando han transcurrido cinco años de vigencia del contrato (Ver formulario: Obras de mejora, art. 2 y 19.1 LAU)
VIVIENDA: Notificación al arrendatario de la posible venta del inmueble arrendado, para que pueda ejercer el derecho de tanteo (Ver formulario: Tanteo, arts. 2 y 25.1 LAU)
VIVIENDA: Notificación de los herederos del arrendatarios, de subrogarse en el contrato de locación, por fallecimiento de éste último (Ver formulario: Subrogación, art. 16.3 LAU)
VIVIENDA: Notificación del cónyuge no arrendatario haciendo saber su decisión de continuar en el uso de la vivienda familiar (Ver formulario: Prórroga, arts. 12.1 y 4 LAU)
VIVIENDA: Obras de adecuación a la minusvalía del arrendatario o uno de sus habitantes (Ver formulario: Obras: acondicionamiento, minusvalía, art. 24.1 LAU)
VIVIENDA: Rec
Cowboy libro da colorare: Il Rodeo Edition con i cavalli è una collezione di sorprendenti illustrazioni di cavalli e cowboy, rodeo e il selvaggio West! Questo libro da colorare offre l'opportunità di conoscere di frontiera l'America, l'abito di cowboy e la loro vita di tutti i giorni.I bambini ottenere la fiducia in se stessi, quando prendono i colori e affinare le loro abilità quando colore all'interno delle linee per creare il loro capolavoro. Questi divertimenti illustrazioni piene attendono con ansia i colpi dei vostri matite colorate o pastelli per portarli alla vita; non li deluderà.C'è un artista in ogni bambino, non lasciare svanire, o essere lasciato alle spalle, nutrire con questo cowboy Coloring Book. Scopri la pace interiore e la soddisfazione di iniziare il processo di arricchimento sforzi creativi di un bambino. Prendi una copia oggi. Fa un ottimo regalo per la famiglia e gli amici per i compleanni e qualsiasi altra occasione.